User Companies

Inscripciones, Permisos, Licencias y Factibilidad Técnica

Dependiendo del tipo de empresa ( Operadora, Usuaria o Zofa ), en las diferentes etapas ( preinversión, construcción, montaje industrial y operación) las empresas de tienen que tramitar diferentes inscripciones, permisos, licencias y factibilidad técnica ante diferentes instituciones publicas o privadas.

Permisos

  • Inscripción de la Sociedad ante el Registro Público Mercantil,
  • Inscripción ante la Dirección General de Ingresos,
  • Matrícula ante la Alcaldía Municipal,
  • Carta de respaldo al proyecto emitido por la Alcaldía Municipal,
  • Permiso Ambiental ante el Ministerio de los Recursos Naturales y del Ambiente (MARENA),
  • Constancia de Uso de Suelo, extendido por la Alcaldía Municipal,
  • Carta de respaldo al proyecto emitido por la Alcaldía Municipal,
  • Licencia de Higiene y Seguridad Ocupacional extendido por el Ministerio del Trabajo.
  • Constancias de factibilidad de los servicios básicos.: agua potable, energía eléctrica y teléfonos.
  • Licencia Sanitaria extendida por el Ministerio de Salud -MINSA, si la actividad de la empresa está relacionada con alimentos y/o bebidas, además, adjuntar Registro Sanitario, adjuntar Registro Sanitario de cada uno de los productos a elaborar.
  • Dictamen favorable de la Dirección General de Servicios Aduaneros (DGSA ).
     

 Requisitos

CERRAR

Procedimiento de solicitud, pagos por trámites y depósito de garantía para "Empresas Usuarias"

 

Basado en los Decretos:

  • 46-91 “Zonas Francas de Exportación”, (Gaceta No.221, del 22 de Noviembre de 1991).
  • 50-2005 “Reglamento del Decreto de Zonas Francas de Exportación”, (Gaceta No.158, del 16 de Agosto del 2005).

Este procedimiento de solicitud y las presentes tarifas de operación aprobadas por la CNZF en Sesión Ordinaria No.117 del 7 de Octubre del año 2005 y entraron en vigencia el mismo día.

  1. Conceptos

Empresa Usuaria: Es cualquier negocio o establecimiento industrial o de servicio, autorizado por la Comisión Nacional de Zonas Francas, para operar en una Zona Franca (dentro de un parque industrial de Zona Franca). Se considerarán admisibles para operar en una Zona, únicamente las empresas que se dediquen a la producción y exportación de bienes o servicios., todo de acuerdo a su respectivo permiso de operación.

Se considera también como empresa usuaria aquellas que se dediquen a la industrialización de productos agropecuarios y forestales (de alto valor agregado) destinado a la exportación.

Toda empresa usuaria de Zonas Francas tiene como objeto único las operaciones de su negocio en la Zona. Las sociedades extranjeras podrán hacerlo a través de subsidiarias o sucursales debidamente legalizadas en el país, con las mismas limitaciones en cuanto a su objeto.

 

  1. Requisitos Necesarios

Estos los requisitos necesarios que deberán cumplir las empresas interesadas en obtener de parte de la Comisión Nacional de Zonas Francas (CNZF) el permiso para establecerse como "Empresa Usuaria" productora de bienes o proveedora (Suministros) de materias primas, repuestos e Insumos según lo define el inciso 2.1.8 del artículo 22, capítulo VI del reglamento del decreto de Zonas Francas Industriales de Exportación.

La sociedad mercantil constituida de conformidad con el artículo 16 del decreto No.46-91 e interesadas en establecerse como "Empresa Usuaria" bajo el Régimen de Zonas Francas, deberán dirigir su solicitud por escrito en original y copia impresa y una copia en medio electrónico a la Secretaría Técnica de la Comisión Nacional de Zonas Francas, conteniendo la información siguiente:

  1. Carta de presentación solicitando la aprobación del Proyecto para pertenecer al Régimen como empresa Usuaria de Zona Franca, firmada por el Apoderado de la empresa, autenticada por un Notario.
  2. Presentación del proyecto, (*resumen ejecutivo) con la mayor descripción posible.

Conteniendo lo siguiente:

  • Antecedentes del proyecto, objeto, nombres y apellidos de los socios y accionistas miembros de la Junta Directiva, porcentaje de participación, nombre del representante legal, fecha de inicio estimada de operaciones productivas.
  • Estudio de mercado, volumen total de las exportaciones, país de origen de la materia prima, nombres de países a los que se exportará la producción, indicando porcentajes de exportaciones por país.
  • Descripción General del Proyecto, señalando lo siguiente: Area total del proyecto, área de techo industrial (indicando el tamaño y uso de cada área), puestos directos e indirectos de empleo a generar (nacional y extranjero).
  • Área de influencia del proyecto, especificando la accesibilidad a las fuentes directas de mano de obra y a las obras de infraestructura externa requerida para el óptimo funcionamiento del proyecto.
  • Aspectos técnicos y de ingeniería: descripción completa del proceso industrial o de la prestación del servicio, listado de productos a elaborar, plan de producción anual, describir las líneas de producción ( número, tecnología, etc ), listado de maquinaria & equipos, lay out de las instalaciones.
  • Inversión: origen, monto, desglose del destino de la inversión, fuente de financiamiento.
  • Proyecciones: ingresos y egresos, flujo de caja, Estado de resultados, etc.
  • Evaluación financiera.
  • Organización.
  • Valor agregado nacional.
  • Cronograma de ejecución del Proyecto y del Plan Global de Inversiones.
  • Conclusiones y recomendaciones

 

  1. Producto ( s ):Descripción y especificaciones técnicas del producto (s) que será elaborado (s). Presentar muestra del mismo(s).
  • Contrato de arrendamiento del inmueble o Documento de intención de arrendamiento entre la empresa Operadora y la Empresa Usuaria.
  • Copia de la escritura de la sociedad mercantil conformada, especificando como Objeto Único las operaciones de su negocio en Zona Franca, debidamente inscrito en el Registro Público Mercantil, todo de acuerdo a las Leyes de Nicaragua. La copia debe estar razonada por un Notario Público (Vale como original).
  • Copia del Poder General de Administración, debidamente inscrito en el registro Público Mercantil, todo ello de acuerdo a las Leyes de Nicaragua. La copia debe estar razonada por un Notario Público (Vale como original).
  • Copia de identificación del Representante Legal, (persona a quien la junta directiva de la sociedad a otorgado el Poder General de Administración). Si la persona es nicaragüense, la identificación deberá ser fotocopia de la Cédula. Si el representante legal es extranjero, fotocopia del pasaporte.
  • Dos (2) cartas de referencias bancarias y dos (2) cartas de referencias comerciales de los socios de la empresa. Si los socios de la empresa son por si mismos empresas constituidas, deberán presentar además de las dos (2) requisitos antes mencionados, los estados financieros de los (2) últimos años fiscales.
  • Llenar el formulario de solicitud que se adjunta, así como los anexos (1 al 7) con su mayor descripción posible.
  • Presentar plano de ubicación y planos de las instalaciones (layout) y/o edificios donde se establecerá la industria.
  • Recibo de Caja por un valor, no reembolsable, de trescientos dólares netos (US$300.00) a la Comisión Nacional de Zonas Francas, en concepto de Procesamiento y Tramitación de la solicitud.
    Permiso Ambiental o Autorización Administrativa, según sea el caso, extendido por la Dirección de Calidad Ambiental del Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA). Lo anterior, de conformidad al Arto.62, Capítulo XVI, del Decreto No.50-2005 “ Reglamento del Decreto de Zonas Francas Industriales de Exportación”.
  • Carta de respaldo al proyecto y Constancia de Uso de Suelo, extendidas por la alcaldía de la municipalidad donde se instalará la empresa. Antes de iniciar construcción la empresa deberá contar con el respectivo permiso de construcción.
  • Certificación y/o Constancia de trámite de la solicitud de la Licencia de Apertura en materia de Higiene y Seguridad Ocupacional, extendida por la Dirección General de Higiene y Seguridad Ocupacional del Ministerio del Trabajo (MITRAB). Lo anterior de conformidad a lo establecido en la Resolución Ministerial de Higiene y Seguridad del Trabajo, Arto No.6, Apto No.2, Letra d. Según lo publicado en la Gaceta No.165, Diario Oficial del 1ro. De Septiembre de 1993.
  • Licencia Sanitaria extendida por el Ministerio de Salud - MINSA, si la actividad de la empresa está relacionada con alimentos y/o bebidas, además, si es posible adjuntar Registro Sanitario de cada uno de los productos a elaborar.
  • Dictamen favorable de la Dirección General de Servicios Aduaneros – DGSA, de conformidad al Decreto No.50-2005 “Reglamento del Decreto de Zonas Francas Industriales de Exportación”, Capítulo VIII, Arto No.32. (Deberá ser solicitado por la empresa ante la Secretaria Técnica hasta que esté concluida la etapa constructiva).

Nota: La Comisión Nacional de Zonas Francas se reserva el derecho de solicitar requisitos adicionales.

 

  1. La Secretaria Técnica una vez que reciba completa la documentación, deberá dar respuesta en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario.
     
  2. El Secretario Técnico de la Comisión, presentará la solicitud en la próxima sesión de la Comisión. Deberá ir acompañada de un dictamen técnico, legal y recomendación.
     
  3. La Comisión deberá resolver sobre las solicitudes presentadas y por intermedio de su Secretario Ejecutivo comunicará a los interesados de su resolución.
     
  4. La solicitud puede ser aprobada, denegada definitivamente, o corregida si a juicio e la Comisión le falte información, necesite correcciones, o necesite adicionar información que se considere necesaria para completar el estudio de factibilidad. En este último caso, la empresa solicitante será notificada (por el Secretario Ejecutivo) de la resolución y una vez cumplidos los requisitos exigidos en dicha resolución, la empresa solicitante podrá someter nuevamente el estudio de la solicitud para consideración.
     
  5. Una vez aprobada la solicitud por parte de la Comisión, el Secretario de la misma remitirá a los representantes de la empresa solicitante una CERTIFICACIÓN del Acta de la Reunión conteniendo la parte conducente de la resolución que se tomo en respuesta a la solicitud de dicha empresa.
     
  6. Si la solicitud es aprobada, la empresa Operadora deberá enviar a la CNZF una copia del Contrato de arrendamiento firmado con la empresa USUARIA.
     
  7. Si la solicitud es aprobada, la empresa USUARIA deberá completar la información general para su expediente en la CNZF, esta deberá ser la siguiente: número RUC, número INSS Patronal, registro de firmas de los representantes de la empresa (debe de tener poder de administración o alguna otra clase de mandato suficiente).

Una vez completados los requisitos señalados anteriormente la CNZF le otorgará a la empresa USUARIA el Permiso de Operación que la acredita como tal. La CNZF notificara a la Dirección General de Servicios Aduaneros de la existencia de la nueva empresa, su ubicación geográfica para que esa pueda iniciar operaciones. De la misma manera se notificará a las instituciones siguientes: Dirección General de Ingresos, Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales. Dirección General de Aduanas, Dirección General de Migración & Extranjería, Ministerio del Trabajo, etc.

La empresa USUARIA deberá solicitar a la Secretaría Técnica de la CNZF los formatos e instructivos de los reportes estadísticos que deben de generar y enviar periódicamente a la CNZF durante sus operaciones dentro del Régimen.

  1. Firma de Contrato de inversión y operaciones con CNZF para operar bajo el Régimen de Zonas Francas.

Una vez que la empresa fue aprobada deberá firmar un contrato para operar bajo el régimen. Este contrato define y norma las operaciones de la empresa acogida a Zona Franca ( Arto.26, inciso 8).

  1. Cargos por Trámites y Depósito en Garantía: Pagar un cargo de trescientos dólares (US$300.00) a la Comisión Nacional de Zonas Francas en concepto de Procesamientos y Tramitación de la solicitud.